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Reglamento de préstamos del centro de documentación de la Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo de la Universidad de Buenos Aires


Aprobado por la resolución del Consejo Directivo número 709 del 17 de diciembre de 1996.

Disposiciones Generales


Art. 1. La Biblioteca de la Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo, estará a disposición de las autoridades, personal docente y alumnos. Egresados, empleados administrativos de la Facultad y público en general se sujetarán a las disposiciones vigentes.

Art. 2. Los horarios correspondientes a los diferentes servicios de Biblioteca se exhibirán siempre en las carteleras de la misma.

Art. 3. El director de la Biblioteca organizará el préstamo y determinará qué obras quedarán excluidas del préstamo a domicilio por ser raras, de difí­cil adquisición, de difí­cil reposición por su elevado costo o necesarias para las tareas que la Biblioteca realiza. Asimismo, establecerá en qué casos, de acuerdo con las demandas, convendrá alterar el sistema de préstamos para hacerlo más efectivo para la mayor cantidad de lectores.

Art. 4. El que sin la autorización otorgada a través del préstamo retire un libro o revista de la Biblioteca, o lo mutile, perderá el derecho de concurrir a la misma sin perjuicio de la sanción disciplinaria y acción judicial correspondientes.
Cuando el alumno no cumpla en tiempo y forma con sus obligaciones hacia la Biblioteca en cualquiera de estas instancias, se informará por escrito a la Dirección de Alumnos para que sea inhabilitado para cualquier otro trámite que allí­ inicie y nuevamente por nota se levantará la sanción cuando regularice su situación




Centro de Documentación - Biblioteca.
''Prof.Arq. Manuel Ignacio Net''
Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo (FADU)
Ciudad Universitaria
Pabellón 3 Planta Baja
C1428BFA - Ciudad de Buenos Aires - Argentina - Tel. (+5411) 5285-9356